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Prevención de Riesgos Laborales

fragua

En Prevelab le ofrecemos todos los servicios relacionados con la prevención de riesgos laborales y los servicios prevención ajeno (SPA). Así pues, somos capaces de garantizar que su empresa y sus trabajadores sean conscientes y adopten las medidas necesarias para evitar cualquier posible riesgo derivado de su actividad laboral.

Servicio integral

Además, elaboramos un plan integral de prevención laboral a medida, organizamos actividades de información y formación para los trabajadores. Así mismo, nos aseguramos de que su empresa cumpla con todos los requisitos que impone la Ley de Prevención Laboral 31/1995.

Multidisciplinar

Estamos especializados en PRL para los sectores de trabajo en hostelería, sector servicios (oficinas y despachos), industria pesada y construcción.

La prevención de riesgos laborales es el conjunto de medidas previstas en cualquier trabajo con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral.

Por riesgo laboral se considera la posibilidad de que un trabajador sufra algún daño derivado de su trabajo, es decir, enfermedades, patologías o lesiones ocasionadas por su actividad laboral.

El Técnico en Prevención de Riesgos Laborales es la persona que se encarga del plan de prevención: promueve la prevención en la empresa; mide los costes, las cargas financieras y los beneficios de las medidas de protección; prepara y dirige, en su caso, el plan de emergencia (define las normas de actuación de todos los integrantes de la plantilla en caso de una emergencia); propone medidas para el control y la reducción de los riesgos; realiza actividades de información y formación de trabajadores; efectúa actividades de control; o, también, colabora con los servicios de prevención cuando es necesario.

Lo más importante es informar y advertir a todos los trabajadores los riesgos que implica cada actividad que realizan diariamente.

Los servicios de prevención ajenos (SPA) son empresas especializadas en el área de prevención de riesgos laborales que ofrecen a otras empresas sus servicios para el desarrollo de las actividades preventivas exigidas por la Ley 31/1995.

Se deberá recurrir a un SPA, cuando se den alguno de los siguientes casos:

  • Cuando la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente y no exista obligación legal de constituir un servicio de prevención propio.
  • En caso de que no se constituya un servicio de prevención propio.
  • Cuando el empresario asuma de forma parcial las funciones preventivas

El SPA es una empresa especializada, acreditada y controlada por la Autoridad Laboral, que está constituida por un equipo multidisciplinar de expertos en Prevención de Riesgos Laborales y está dotada de recursos y medios materiales adecuados a la normativa vigente. Los SPA permiten a los empresarios delegar la responsabilidad técnica de la Prevención de Riesgos Laborales en técnicos especializados.

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