Se podrán desarrollar acciones formativas específicas de 6 horas lectivas por oficio para aquellas personas trabajadoras que, previamente, hayan cursado una acción formativa completa de 20 horas lectivas de alguno de los oficios, dispongan de la formación de nivel básico de prevención en la construcción establecida en el artículo 145, o se les reconozca la convalidación de la formación de la parte común de 14 horas de acuerdo con lo estipulado en el apartado 1 del anexo XIII del presente convenio.
El contenido formativo específico para montaje de escayola, placas de yeso laminado y asimilados, cuyo módulo tendrá una duración mínima de seis horas lectivas, se esquematiza de la siguiente forma:
1. Definición de los trabajos.
– Tipos y características de los materiales.
– Decoraciones (arcos, plafones, escocias, capiteles, cornisas, etc.).
– Tabiques y techos.
– Técnicas de ejecución de los trabajos. Sistemas de anclaje y sujeción.
2. Técnicas preventivas específicas.
– Identificación de riesgos.
– Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de riesgos en el caso de que no exista plan.
– Medios auxiliares (andamios, plataformas, escaleras, …).
– Equipos de trabajo y herramientas. Riesgos y medidas preventivas.
– Protecciones colectivas (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).
– Protecciones individuales (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).
– Materiales y productos (etiquetado, fichas de seguridad, frases H y P…).