Coordinación de actividades empresariales (CAE)

¿Qué es la Coordinación de Actividades Empresariales CAE?

Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)

La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE), es una obligación legal que se destaca en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. De tal forma, establece que cuando en un mismo centro se realizan actividades con trabajadores de empresas externas, éstas deberán cumplir con la exigencias de ley en materia de PRL.

Si en un centro de trabajo se realiza una actividad laboral por la cual  acuden trabajadores de diferentes empresas, es necesaria una gestión que coordine que todos estos trabajadores estén informados de los riesgo que pueden existir en el centro. Además, validar de que tanto las empresas, como los trabajadores cumplen con los requerimientos de ley.

Errores en la de gestión de la coordinación de actividades empresariales

NO se gestiona una Coordinación de Actividades Empresariales CAE solo con entregar y recibir documentos de seguridad de las empresas y sus trabajadores, es necesario que un técnico en seguridad laboral evalué y lleve un control de las actuaciones de la actividad preventiva que ejecutan el grupo de empresas sobre los trabajadores que acuden al centro, tomando en cuenta la actividad que realizan, de tal forma, es que se puede saber realmente si es seguro que estos empleados hagan su trabajo en el centro.

CAE en Comunidades de Propietarios

Infórmate sobre esta responsabilidad de peso que demanda la Coordinación de actividades empresariales

Especialmente dirigido para administraciones de fincas, asesorías y gestorías responsables de toda la gestión administrativa de las comunidades de propietarios.

¿Qué obligaciones tengo si soy el titular del centro de trabajo donde va a haber concurrencia de trabajadores de varias empresas?

Persona responsable del centro

Se define como responsable del centro de trabajo a la persona que tiene la capacidad de ponerlo a disposición y de gestionarlo. En este sentido, es importante resaltar que dicha persona asume la obligación de establecer los medios de coordinación necesarios. Por lo tanto, debe asegurarse de que las demás empresas que desarrollan actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas.

En particular, esta responsabilidad incluye aspectos importantes como los riesgos que existen en el centro de trabajo, las medidas de protección y prevención correspondientes, así como las medidas de emergencia que se deban aplicar. De esta manera, dicha información puede ser comunicada de la mejor forma a los trabajadores.

Datos de la para la gestión de la CAE

Esta información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y/o cuando se haya producido una situación de emergencia. Además, deberán vigilar también el cumplimiento, por dichos contratistas, subcontratistas y/o personal autónomo, de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Gestión operativa de documentación

Empresa que accede a otro centro de trabajo

Es el caso en que los trabajadores y/o trabajadoras acceden a otros centros de trabajo en la realización de sus tareas. Casos típicos de empresas de reparaciones, montajes, repartidores, transportistas, etc.

Estos son los documentos que se solicitan en este intercambio:

  • Riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades a realizar por nuestra empresa.
  • Las medidas referidas a la prevención de tales riesgos.
  • Las medidas de emergencia propias del centro de trabajo.

Empresario titular del centro de trabajo

En este caso, la documentación a solicitar a las empresas que accedan al centro de trabajo será:

  • Datos de identificación de la empresa: Nombre, dirección, teléfono…
  • Interlocutor con la misma.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
  • Evaluación de riesgos y medidas referidas a la prevención de riesgos específicos de las actividades que vayan a desarrollar en las instalaciones que puedan afectar a los trabajadores/as de las otras empresas concurrentes en el centro, incluida la propia, en particular sobre aquellos riesgos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades.

Empresario/a Principal

Se define como empresario/a principal, quien contrata o subcontrata con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad y que se desarrollan en su propio centro de trabajo. 

Estos son algunos de los documentos que se solicitan en este intercambio:

  • Datos de identificación de la empresa: Nombre, dirección, teléfono, etc.
  • Interlocutor/a con la misma.
  • Seguro de Responsabilidad Civil.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
  • Documento de asociación a Mutua de accidentes.
  • Modalidad Preventiva de la empresa.

 

En el caso de subcontratar alguna de las actividades a realizar en las instalaciones, la empresa contratista tendrá que hacerles llegar la misma documentación que a ellos se les solicita.

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