Plan de igualdad
Real decreto 901/2020
Según los establecido en el Real Decreto 901/2020 legislación española exige que ciertas empresas tengan implantado un Plan de Igualdad para asegurar la equidad y no discriminación entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. La obligatoriedad depende del tamaño de la empresa y, en algunos casos, de convenios colectivos o sanciones.

Estos son los requisitos para saber si aplicas para la implantación:
Empresas con 50 o más empleados para el plan de igualdad
Desde el 7 de marzo de 2022, todas las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a contar con un plan, que debe estar registrado en el (REGCON).
Empresas con convenios colectivos que establezcan la implantación de un plan
Aunque no alcancen los 50 empleados, si el convenio colectivo de un sector específico establece la obligatoriedad.
Empresas sancionadas por discriminación o falta a la igualdad de géneros
En casos donde una empresa haya sido sancionada por prácticas discriminatorias, la autoridad competente puede exigir la implementación de un plan, sin importar su tamaño.
¿Solo porque es obligatorio?
NO sólo es una obligación legal, sino una herramienta estratégica clave para crear un entorno laboral justo, inclusivo y productivo. Las empresas que apuestan por la igualdad y la diversidad no sólo cumplen con la normativa, sino que también se benefician en términos de productividad, reputación, innovación y retención de talento, contribuyendo al desarrollo sostenible de la sociedad en su conjunto.